La noche del miércoles 12 de mayo se registró un hecho sin precedentes e histórico para la política de Baja California Sur. El candidato a la presidencia municipal de La Paz por la coalición Unidos Contigo, Ricardo Barroso Agramont, presentó una denuncia en contra de la candidata de Morena y PT, Milena Quiroga Romero.
El coordinador de campaña Juan Alberto Valdivia Alvarado, en compañía del asesor jurídico y los presidentes del PRI, PAN Y PRD dieron trámite jurídico al tema.
“Hemos presentado de manera formal esta denuncia penal en contra de Milena Quiroga, por violaciones al Código Penal, Por violaciones a la ley de derechos de niñas, niños y adolescentes. Dejamos en manos de las autoridades competentes para que esta denuncia siga el curso legal”.
El pasado lunes 11 de mayo, se realizó un debate radiofónico por un medio local. Durante el desarrollo del evento la candidata morenista expresó lo siguiente:
Video: Milena Quiroga Violenta los derechos de un menor de edad.
De acuerdo a la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes aprobada por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión señala lo siguiente:
Capítulo Décimo Sétimo, Derecho a la intimidad
Artículo 76. Niñas, niños y adolescentes tienen derecho a la intimidad personal y familiar, y a la protección de sus datos personales.
Niñas, niños y adolescentes no podrán ser objeto de injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia; tampoco de divulgaciones o difusiones ilícitas de información o datos personales, incluyendo aquélla que tenga carácter informativo a la opinión pública o noticia que permita identificarlos y que atenten contra su honra, imagen o reputación.
Artículo 76. Se considerará violación de intimidad de niñas, niños o adolescentes cualquier manejo de su imagen, nombre, datos personales o referencias que permitan su identificación en los medios de comunicación que cuenten con concesión para prestar el servicio de radiodifusión y telecomunicaciones, así como medios impresos, o en medios electronicos de los que tenga el control el concesionario o medio impreso del que se tate, que menoscabe su honra o reputación, sea contrario a sus derechos o que los ponga en riesgo, conforme al principio de ineteres superior de la niñez.
Artículo 149. A quienes incurran en las infracciones previstas en las fracciones I, II Y VIII del artículo anterior se les impondrá multa de hasta mil quinientos días de salario mínimo.
En los casos de las infracciones previstas III, V, VI y VII del artículo anterior, se impondrá multa adicional de mil quinientos días de salario mínimo y hasta siete mil.
De acuerdo a lo estipulado por la ley y la Comisión Nacional de los Salarios Minimos (CNSM) en México está ubicado en $141.7, la legisladora Milena Quiroga Romero podría pagar una multa de $212,550.00 a $991,900.00